Los permisos sanitarios para establecimientos que venden alimentos son emitidos por el Ministerio de Salud, rigiéndose por el Acuerdo número 150 “Norma Técnica de Alimentosâ€, en este acuerdo se detallan los requisitos generales y especÃficos dependiendo el rubro de tu negocio, la norma está estructurada, en caso quieras consultarla, asÃ:
- Requisitos generales. Art. 5 al 46.
- Requisitos para procesadoras artesanales de lácteos. Art. 47 al 52
- Requisitos para PanaderÃas artesanales. Art. 53 al 55
- Requisitos para Supermercados y tiendas de conveniencia. Art. 56 al 62
- Requisitos para Envasadoras de aceite, procesadoras artesanales de: conservas dulces, fruta en conserva, jaleas y mermeladas, sorbetes y helados, encurtidos, salsas con pH menor o igual a 4.6, envasadoras de mieles, semillas y otros establecimientos alimentarios similares. Art. 63 al 64
- Requisitos para Restaurantes, salas de té, comedores, taquerÃas, pupuserÃas y otros, donde se preparen alimentos de consumo inmediato. Art. 65 al 72
- Requisitos para Molinos de nixtamal. Art. 73 al 74
- Requisitos para bodegas secas, cuartos frÃos y unidades de transporte de alimentos. Art. 75 al 104
- Requisitos para tramite sanitario. Art. 105 al 113