Obligaciones laborales y de seguridad social

6.2 Las funciones de los delegados de prevenci贸n son

Las funciones de los delegados de prevenci贸n son:

1.- Colaborar con la empresa en las acciones preventivas;

2.- Promover y fomentar la cooperaci贸n de los trabajadores en la aplicaci贸n de las normas sobre prevenci贸n de riesgos laborales;

3.- Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa en materia de prevenci贸n de riesgos laborales, mediante visitas peri贸dicas;

4.- Acompa帽ar a los t茅cnicos e inspectores del Ministerio de Trabajo y Previsi贸n Social en las inspecciones de car谩cter preventivo; y,

5.- Proponer al empleador la adopci贸n de medidas de car谩cter preventivo para mejorar los niveles de protecci贸n de la seguridad y salud de los trabajadores.

El empleador dentro de los ocho d铆as siguientes a la conformaci贸n del Comit茅, solicitar谩 mediante nota escrita al Director General de Previsi贸n Social o Jefe de Oficina Regional o Departamental del Ministerio de Trabajo, la capacitaci贸n y acreditaci贸n del mismo, acompa帽ando tal nota, con copia de los documentos siguientes:

 

a.- Actas del proceso de elecci贸n de los representantes de los trabajadores;

b.- Notas o acuerdos de designaci贸n de los representantes del empleador y/o delegados de prevenci贸n;

c.- Documentos que acrediten a los representantes del empleador y/o delegados de prevenci贸n, la formaci贸n requerida.

Los miembros del Comit茅, as铆 como los delegados de prevenci贸n durar谩n en funciones, dentro del Comit茅, dos a帽os. En caso tu comit茅 sufra alguno de los siguientes cambios deber谩 comunicarlo a la Direcci贸n General de Previsi贸n Social:

a.- Cambio de domicilio del lugar de trabajo.

b.- Reducci贸n o aumento sustancial en el n煤mero de trabajadores del lugar de trabajo, que obligue al cambio de n煤mero de miembros del Comit茅.

c.- Liquidaci贸n del sindicato, en caso de existir.

d.- Cierre o suspensi贸n de actividades del lugar de trabajo.

e.- Toda eventualidad que afecte sustancialmente el funcionamiento del Comit茅.


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