Obligaciones laborales y de seguridad social

6.1.4 Pago de vacaci贸n

Los trabajadores despu茅s de un a帽o de prestar sus servicios continuamente tendr谩n derecho a vacaciones por un periodo de 15 d铆as, la cual les debes de remunerar con su salario ordinario m谩s un 30% adicional, si los trabajadores adem谩s de que le pagas un salario le das una prestaci贸n adicional de alimentaci贸n o vivienda, le debes de aumentar un 25% adicional por cada una. Es decir, si tu trabajador devenga salario, alimentaci贸n y vivienda, le tendr铆as que reconocer un 80% adicional del salario percibido en este tiempo.

El empleador puede se帽alar la 茅poca en la que gozar谩n sus vacaciones tus trabajadores y notific谩rselos con 30 d铆as de anticipaci贸n o tambi茅n lo pueden acordar entre ambas partes.

Si tienes menos de 100 trabajadores las vacaciones se deben de gozar hasta dentro de 4 meses despu茅s de cumplido el a帽o.

Si tienes m谩s de 100 trabajadores se deben de gozar hasta dentro de 6 meses despu茅s de cumplido el a帽o.


Sanciones:
En caso que el Ministerio de Trabajo y Previsi贸n Social determine que no se cumpli贸 con lo establecido por ley para las vacaciones te podr谩 imponer una multa de US$56.14 (art铆culo 177 al 189 del C贸digo de Trabajo).


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