Obligaciones laborales y de seguridad social

Obligaciones laborales y de seguridad social

Todo comerciante tanto individual como social, al momento de contratar su primer empleado obtiene una serie de obligaciones con sus trabajadores y el Estado con las que debe de cumplir, algunas de las cuales ya te adelantamos como la de registrarse en el Instituto Salvadore帽o del Seguro Social y a las Aseguradoras de Fondos de Pensiones para las cotizaciones los trabajadores y de igual forma la inscripci贸n del establecimiento en el Ministerio de Trabajo y Previsi贸n Social.

Existe una diversidad de leyes que regulan este apartado, siendo sus principales las siguientes:

  • C贸digo de Trabajo
  • Ley de Organizaci贸n y Funciones del Sector Trabajo y Previsi贸n Social
  • Ley General de Prevenci贸n de Riesgos en los Lugares de Trabajo
  • Ley Reguladora de la Prestaci贸n Econ贸mica por Renuncia Voluntaria
  • Ley del Instituto Salvadore帽o del Seguro Social
  • Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones
  • Ley de Regulaci贸n del Teletrabajo

En materia laboral se presume que tienes una relaci贸n laboral con una persona, es decir que es tu empleado, y que existe contrato individual de trabajo, por el hecho de que una persona preste sus servicios a otra por m谩s de dos d铆as consecutivos. No importando si tu trabajador es por tiempo definido o indefinido, o si existe un contrato por escrito o es solo verbal.

Antes de detallarte cada una de las obligaciones laborales, es importante que tengas en cuenta las diferencias entre la relaci贸n que puedes tener con un trabajador -contrato de trabajo- y una persona que presta sus servicios profesionales 鈥揷ontrato de servicios profesionales-, ya que existe una gran confusi贸n respecto al tema, te lo ilustramos por medio del siguiente cuadro comparativo:

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TABLA 13. COMPARACI脫N DE CONTRATOS

Contrato de trabajo

Contrato de servicios profesionales

Subordinaci贸n al patrono por m谩s de 2 d铆as, por ejemplo cuando contratas a un abogado para que sea integrante de tu organizaci贸n, con un horario y subordinado.

No existe subordinaci贸n, por ejemplo cuando contratas a un abogado para que te apoye en juicio, no tienes inter茅s que forme parte de tu organizaci贸n simplemente que te apoye en determinado juicio

Plazo indefinido o temporal

Se contrata por un servicio o plazo determinado

Percibe un salario y prestaciones laborales como vacaci贸n y aguinaldo

Percibe el pago por los servicios para los que fue contratado

Percibe prestaciones sociales ISSS y AFP

No percibe prestaciones sociales

La terminaci贸n de relaci贸n puede ser por medio de despido, renuncia, mutuo consentimiento, entre otros. Existiendo prestaciones para el trabajador como la indemnizaci贸n por despido de hecho o prestaci贸n por renuncia voluntaria.

La terminaci贸n de la relaci贸n son las estipuladas en el contrato de prestaci贸n de servicios o por las causas establecidas en la legislaci贸n civil o mercantil.

Los reclamos se pueden realizar ante el Ministerio de Trabajo y Previsi贸n Social

Los reclamos se pueden realizar, cuando aplique, ante la Defensor铆a al Consumidor, Tribunales de lo Civil y Mercantil

Sujeto a presunciones laborales

Sujeto a presunciones civiles

Le aplican las leyes laborales

Le aplican las leyes civiles o mercantiles

Existen muchos casos que el patrono dice que ha contratado al trabajador por servicios profesionales y por ende no le reconoce sus prestaciones laborales, en caso el Ministerio de Trabajo y Previsi贸n Social te haga una inspecci贸n o el trabajador haga un reclamo y determinen que la relaci贸n es de trabajo, se te pueden imponer sanciones. Es importante que lo tengas en cuenta para que no est茅s expuesto legalmente.


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