Obligaciones laborales y de seguridad social

6.4.4. Retención de impuesto sobre la renta a asalariados

Una vez que se hacen las deducciones por pensiones (AFP) y salud (ISSS), se debe de determinar si están sujetos o no al impuesto sobre la renta, si están sujetos les debes de retener las cantidades de dinero que te detallaremos en la tabla que se detalla más adelante, eso está basado en la Ley de Impuesto Sobre la Renta y en el Decreto Ejecutivo número 95*

 

"https://www.transparenciafiscal.gob.sv/downloads/pdf/2-1242365PTF_Tablas_de_Retencion_del_Impuesto_sobre_la_Renta_18_12_2015.pdf"

TABLA 20: REMUNERACIONES GRAVADAS PAGADERAS MENSUALMENTE

INGRESOS

DESDE

HASTA

% A APLICAR

SOBRE EL EXCESO DE SALARIO NETO

MÁS CUOTA FIJA DE

I TRAMO

US $ 0.01 US $ 472.01 SIN RETENCIÓN

II TRAMO

US $ 472.01 US $ 895.25 10% US $ 472.01 US $ 17.67

III TRAMO

US $ 895.25 US $ 2,038.10 20% US $ 895.25 US $ 60.00

IV TRAMO

US $ 2,038.11 En adelante 30% US $ 2,038.10 US $ 288.57

Te reiteramos que estás remuneraciones se entienden netas, es decir cuando ya se hizo la deducción de las cotizaciones de ISSS y pensiones.

Cuando corresponda realizar las retenciones de renta, esta las debes de pagar al Ministerio de Hacienda por medio de tu declaración de pago a cuenta, en los primeros 10 días hábiles del mes siguiente. Así mismo, tienes que informar anualesmente durante el mes de enero las retenciones que realizaste durante el año anterior.


Índice