La contribución especial para la promoción de turismo se encuentra regulado por el artículo 16 de la Ley de turismo, la cual establece que a tus huéspedes se les debe cargar una contribución especial para la promoción del turismo. Se aplicará un 5% sobre la base del precio diario del servicio de alojamiento que pague tu huésped. En dicha base de cálculo, se excluye el monto pagado en concepto de IVA, así como el precio de cualquier otro servicio que no sea estrictamente el de alojamiento.
Debes de presentar la declaración de liquidación del impuesto tengas ventas o no en los primeros diez días hábiles del mes siguiente por medio del formulario F-06.
Puedes descargar un ejemplo del formulario en el siguiente link: http://www7.mh.gob.sv/downloads/pdf/PMHDC8214.pdf