En caso tu decidas vender al público tu producto por encima del precio sugerido tendrás la obligación de presentar la declaración y pagar el impuesto ad-valorem por el diferencial de precio. De igual forma si sacas tu producto de tu inventario con un precio superior, sin haber realizado una venta, se genera el impuesto. Es decir, si tu proveedor te vendió una bebida alcohólica y te sugirió venderla a US1.00 y tú la vendes al público a US$1.10, debes de pagar el impuesto sobre los US$0.10 de diferencia.
Debes de presentar la declaración de liquidación del impuesto tengas ventas o no en los primeros diez días hábiles del mes siguiente por medio del formulario F-06. En caso no realices la declaración estás sujeto a las sanciones establecidas en el Art. 238 del Código Tributario.